ELIGE CONGRESO A VEGA ARROYO COMO COMISIONADO DE LA CEEAV
Comunicado del Congreso del Estado.-
San Luis Al Instante.- En Sesión Extraordinaria, por mayoría de 19 votos a favor se eligió al licenciado Jorge Vega Arroyo como Comisionado Ejecutivo Estatal de Atención a Víctimas, para el periodo comprendido del 15 de septiembre de 2020 al 14 de septiembre de 2025.
La terna, presentada por el Gobernador Juan Manuel Carreras López, proponía a los profesionistas Víctor Hugo Liceaga Rojas; Blanca Laura Martínez Belmarez; y Jorge Vega Arroyo, para este cargo.
Para esta elección se realizó una primera votación, de la cual se obtuvieron 7 votos a favor de Blanca Laura Martínez Belmarez; 16 votos a favor de Jorge Vega Arroyo; y cero votos a favor de Víctor Hugo Liceaga Rojas. Al no obtener ninguna propuesta mayoría calificada, es decir las dos terceras partes de los diputados, se realizó una segunda votación.
En esta segunda votación solamente se consideraron las dos propuestas que obtuvieron votos, dando por resultado, 19 votos a favor de Jorge Vega Arroyo y 6 votos a favor de Blanca Laura Martínez Belmarez.
En las consideraciones que acompañan a este dictamen, se indica que al convocar el Poder Ejecutivo a asociaciones civiles, colectivos,instituciones académicas, colegios de profesionales, así como al público en general que promueven, defienden o realizan tareas de divulgación u observancia de los derechos de las víctimas, para que propusieran a ciudadanas o ciudadanos para ocupar la titularidad de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, recibió 8 propuestas.
La terna, presentada por el Gobernador Juan Manuel Carreras López, proponía a los profesionistas Víctor Hugo Liceaga Rojas; Blanca Laura Martínez Belmarez; y Jorge Vega Arroyo, para este cargo.
Para esta elección se realizó una primera votación, de la cual se obtuvieron 7 votos a favor de Blanca Laura Martínez Belmarez; 16 votos a favor de Jorge Vega Arroyo; y cero votos a favor de Víctor Hugo Liceaga Rojas. Al no obtener ninguna propuesta mayoría calificada, es decir las dos terceras partes de los diputados, se realizó una segunda votación.
En esta segunda votación solamente se consideraron las dos propuestas que obtuvieron votos, dando por resultado, 19 votos a favor de Jorge Vega Arroyo y 6 votos a favor de Blanca Laura Martínez Belmarez.
En las consideraciones que acompañan a este dictamen, se indica que al convocar el Poder Ejecutivo a asociaciones civiles, colectivos,instituciones académicas, colegios de profesionales, así como al público en general que promueven, defienden o realizan tareas de divulgación u observancia de los derechos de las víctimas, para que propusieran a ciudadanas o ciudadanos para ocupar la titularidad de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, recibió 8 propuestas.
De entre las que cumplieron los requisitos que señala el artículo 93 de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado, los CC. Jorge Vega Arroyo, Pablo Aurelio Loredo Oyervidez, Blanca Laura Martínez Belmares, Carlos Alejandro Hernández Rivera, Laura Elena Martínez Martínez, Mónica Gordoa Mercado, Nancy Esmeralda Hernández Cervantes y Víctor Hugo Liceaga Rojas, quienes son ciudadanos mexicanos, no tienen antecedentes penales; ni cuentan con sanciones administrativas,cuentan con experiencia en la materia; y titulo profesional; además de no haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político.
Además, que para presentar la terna la cual este Congreso del Estado votará a la persona titular de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, el Poder Ejecutivo del Estado tomó como elementos de procedibilidad, realizar una consulta pública dirigida principalmente a los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil y especialistas en la materia, con el fin de dar certeza jurídica sobre las reglas y procedimientos a seguir para selección de forma objetiva de las y los candidatos que integran la terna remitida y, con ello, comprobar que las personas propuestas cumplen con los requisitos legales para ocupar el cargo público.
Conforme a los establecido en la Convocatoria antes mencionada, una vez que analizó en lo particular cada uno de los elementos legales y parámetros que sirvieron para evaluar a los concursantes, envía Dictamen a este Poder Legislativo, la terna compuesta por los C.C. Víctor Hugo Liceaga Rojas, Blanca Laura Martínez Belmares y Jorge Vega Arroyo, para ocupar el cargo de Comisionada o Comisionado Ejecutivo Estatal de Atención a Víctimas, por lo que los integrantes de las dictaminadoras, concluyen que los mismos colman los requisitos que determina el artículo citado en la Consideración anterior.
Además, que para presentar la terna la cual este Congreso del Estado votará a la persona titular de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, el Poder Ejecutivo del Estado tomó como elementos de procedibilidad, realizar una consulta pública dirigida principalmente a los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil y especialistas en la materia, con el fin de dar certeza jurídica sobre las reglas y procedimientos a seguir para selección de forma objetiva de las y los candidatos que integran la terna remitida y, con ello, comprobar que las personas propuestas cumplen con los requisitos legales para ocupar el cargo público.
Conforme a los establecido en la Convocatoria antes mencionada, una vez que analizó en lo particular cada uno de los elementos legales y parámetros que sirvieron para evaluar a los concursantes, envía Dictamen a este Poder Legislativo, la terna compuesta por los C.C. Víctor Hugo Liceaga Rojas, Blanca Laura Martínez Belmares y Jorge Vega Arroyo, para ocupar el cargo de Comisionada o Comisionado Ejecutivo Estatal de Atención a Víctimas, por lo que los integrantes de las dictaminadoras, concluyen que los mismos colman los requisitos que determina el artículo citado en la Consideración anterior.
Se indica que por parte de la Comisión de Gobernación dictaminadora, en relación a la propuesta del Licenciado Jorge Vega Arroyo, pone a consideración lo siguiente:
a). Que el 28 de julio de 2017, se publica en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, que modifica la titularidad de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas al pasar de tres comisionados a un Comisionado Ejecutivo Estatal de Atención a Víctimas, conforme a su artículo 92, que establece lo siguiente:
“Artículo 92. La Comisión Ejecutiva Estatal estará a cargo de un Comisionado Ejecutivo, elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado, de la terna que enviará el Ejecutivo Estatal, previa consulta pública dirigida principalmente a los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil y especialistas en la materia”.
b). Que para la elección del primer titular único de la Comisión Ejecutiva Estatal, se estableció un procedimiento especial en su artículo Cuarto transitorio, que dispone lo siguiente:
“Cuarto. Por única ocasión, dentro de los treinta días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, previa consulta pública a los colectivos de víctimas y organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la materia, remitirá al Congreso del Estado la propuesta de nombramiento del Comisionado Ejecutivo, quien durará en el cargo tres años y deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 93 de esta Ley.
En adelante la designación del Comisionado Ejecutivo se realizará de acuerdo al proceso establecido en el artículo 92 de esta Ley.
“En este sentido, el Licenciado Jorge Vega Arroyo cumple con los requisitos señalados por la Ley Estatal y no se encuentra bajo el supuesto de reelección, al haber cumplido un periodo transicional como Comisionado Ejecutivo Estatal únicamente por tres años. Lo anterior en virtud, porque la propuesta del Ejecutivo del Estado, fue a través de una designación directa, como lo establecía el artículo Cuarto Transitorio vigente en su momento, y no de un terna como lo establece la ley de la materia actual, que estableció las bases para que posteriormente se hiciera un proceso sobre los artículos sustantivos de la Ley vigente”.
Por otra parte, resulta oportuno mencionar que el artículo Cuarto Transitorio en comento, no establece que la prohibición para que quien ocupe el cargo por designación no pueda ocupar el cargo bajo los nuevas reglas vigentes, lo anterior con base en el principio de legalidad, pues toda autoridad debe conducirse conforme la ley le señala y no sujeta a cualquier interpretación.