DESIGNAN COMISIONES A DELGADO SAM COMO INTEGRANTE DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
Comunicado del Congreso del Estado.-
San Luis Al Instante.- En reunión de trabajo de las Comisiones unidas de Gobernación y Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí, las y los diputados aprobaron el dictamen mediante el cual se designa al Lic. Jesús Javier Delgado Sam como integrante del Consejo de la Judicatura del Estado.
Esta designación se lleva a cabo mediante el oficio que suscribió el Dr. Juan Manuel Carreras López, Gobernador Constitucional del Estado, mediante el que se designa para ratificación como integrante del Consejo de la Judicatura del Estado al Lic. Jesús Javier Delgado Sam, del 31 de agosto del 2020 al 30 de agosto del 2025.
Previo a esta aprobación y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y 17 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, se dio cuenta que es atribucion de esta Soberanía ratificar a los Consejeros de la Judicatura.
Asimismo nuestra carta política local en el dispositivo 90 párrafo sexto, menciona que el Consejo de la Judicatura se integrará con cuatro miembros, de los cuales uno será el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, que también lo será del Consejo; uno designado por el Congreso del Estado; otro por el Supremo Tribunal de Justicia; y uno más por el titular del Ejecutivo, los designados por éstos dos últimos serán ratificados por el Congreso del Estado.
De igual forma el artículo 99 de la Constitución local menciona como requisitos para ser designado en este cargo: ser personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional, experiencia y honorabilidad en el ejercicio de sus acividades.
Además ser mexicano por nacimiento y ciudadano potosino en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; tener cuando menos 35 años de edad el día de su nombramiento; tener al día de su nombramiento título profesional de Lic. en Derecho con una antigüedad mínima de 10 años expedido por la autoridad o institución legalmente facultada para ello y acreditar el ejercicio profesional por el mismo tiempo; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que haya ameritado pena privativa de libertad de más de un año, pero si se tratase de robo, fraude, falsificación o abuso de confianza, o algún otro que lastime plenamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena; haber residido en el estado los dos años anteriores al día de su nombramiento; y no haber ocupado el cargo de Secretario de Despacho o su equivalente; Procurador General de Justicia, diputado local o presidente municipal en el año inmedato anterior al dia de su nombramiento.
Cabe mencionar que en el oficio enviado por el Gobernador del Estado se adjuntaron los documentos que hacen que el profesionista electo cuenta con los requisitos que marca el artículo 99 constitucional y por ende se cumple para ratificarse la designación del Lic. Jesús Javier Delgado Sam en el cargo de Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí a partír del 31 de agosto de 2020 y hasta el 30 de agosto del 2025.
Por otra parte, en el apartado de correspondencia se dio entrada a diversas solicitudes de juicio político en contra de funcionarios municipales de diversos ayuntamientos, así como de funcionarios estatales y del Poder Judicial.
Esta designación se lleva a cabo mediante el oficio que suscribió el Dr. Juan Manuel Carreras López, Gobernador Constitucional del Estado, mediante el que se designa para ratificación como integrante del Consejo de la Judicatura del Estado al Lic. Jesús Javier Delgado Sam, del 31 de agosto del 2020 al 30 de agosto del 2025.
Previo a esta aprobación y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y 17 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, se dio cuenta que es atribucion de esta Soberanía ratificar a los Consejeros de la Judicatura.
Asimismo nuestra carta política local en el dispositivo 90 párrafo sexto, menciona que el Consejo de la Judicatura se integrará con cuatro miembros, de los cuales uno será el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, que también lo será del Consejo; uno designado por el Congreso del Estado; otro por el Supremo Tribunal de Justicia; y uno más por el titular del Ejecutivo, los designados por éstos dos últimos serán ratificados por el Congreso del Estado.
De igual forma el artículo 99 de la Constitución local menciona como requisitos para ser designado en este cargo: ser personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional, experiencia y honorabilidad en el ejercicio de sus acividades.
Además ser mexicano por nacimiento y ciudadano potosino en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; tener cuando menos 35 años de edad el día de su nombramiento; tener al día de su nombramiento título profesional de Lic. en Derecho con una antigüedad mínima de 10 años expedido por la autoridad o institución legalmente facultada para ello y acreditar el ejercicio profesional por el mismo tiempo; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que haya ameritado pena privativa de libertad de más de un año, pero si se tratase de robo, fraude, falsificación o abuso de confianza, o algún otro que lastime plenamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena; haber residido en el estado los dos años anteriores al día de su nombramiento; y no haber ocupado el cargo de Secretario de Despacho o su equivalente; Procurador General de Justicia, diputado local o presidente municipal en el año inmedato anterior al dia de su nombramiento.
Cabe mencionar que en el oficio enviado por el Gobernador del Estado se adjuntaron los documentos que hacen que el profesionista electo cuenta con los requisitos que marca el artículo 99 constitucional y por ende se cumple para ratificarse la designación del Lic. Jesús Javier Delgado Sam en el cargo de Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí a partír del 31 de agosto de 2020 y hasta el 30 de agosto del 2025.
Por otra parte, en el apartado de correspondencia se dio entrada a diversas solicitudes de juicio político en contra de funcionarios municipales de diversos ayuntamientos, así como de funcionarios estatales y del Poder Judicial.