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jueves, 28 de enero de 2021

Suspenden actividades presenciales en el Poder Judicial por Semáforo Rojo Covid

SUSPENDEN ACTIVIDADES PRESENCIALES EN EL PODER JUDICIAL POR SEMÁFORO ROJO COVID

San Luis Al Instante.- A partir de este jueves 28 de enero han sido suspendidas en forma total las actividades presenciales en el Supremo Tribunal de Justicia de San Luis Potosí, a causa del Semáforo Rojo de Máximo Riesgo de Covid-19. Los tiempos procesales de todas las materias legales no tendrán perjuicio, dijeron autoridades.


Tentativamente la actividad reiniciará el día 9 de febrero, sólo en caso de que mejore la emergencia sanitaria en la entidad potosina. El trabajo de los juzgados será efectuado a distancia para casos de cumplimiento de sentencias en juicio de amparo y audiencias para etapas procesales impostergables en el sistema penal acusatorio.

También serán suspendidas las actividades de todos los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia; es decir juzgados y salas de apelación, además de la administración del Poder Judicial del Estado. Sólo se establecerán guardias en juzgados para atender asuntos urgentes.

No se suspenderán los términos procesales ni de audiencias para el caso de videoconferencias o presenciales, según lo determinen los operadores jurisdiccionales para estas dos últimas materias.

Los magistrados del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial declararon impostergables las determinaciones judiciales de carácter urgente, como calificación de detenciones, vinculaciones a proceso, imposición y modificación de medidas cautelares (como la prisión preventiva y la libertad personal).

En el Acuerdo General Quinto se determina la suspensión de actividades en los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia y administrativos del Poder Judicial del Estado, por lo que no correrán términos procesales en materia civil, mercantil, familiar y laboral, en el período mencionado.

También serán suspendidas las actividades de todos los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia; es decir juzgados y salas de apelación, además de la administración del Poder Judicial del Estado. Sólo se establecerán guardias en juzgados para atender asuntos urgentes.

No se suspenderán los términos procesales ni de audiencias para el caso de videoconferencias o presenciales, según lo determinen los operadores jurisdiccionales para estas dos últimas materias.

Los magistrados del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial declararon impostergables las determinaciones judiciales de carácter urgente, como calificación de detenciones, vinculaciones a proceso, imposición y modificación de medidas cautelares (como la prisión preventiva y la libertad personal).

En el Acuerdo General Quinto se determina la suspensión de actividades en los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia y administrativos del Poder Judicial del Estado, por lo que no correrán términos procesales en materia civil, mercantil, familiar y laboral, en el período mencionado.

En los Juzgados Penales del Sistema Tradicional, de Justicia Especializado en Adolescentes y ejecución de medidas tradicional, así como en los Juzgados Mixtos de Primera Instancia que conozcan de la materia penal y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado, se implementarán guardias para atender los asuntos urgentes.

En los Centros Integrales de Justicia y en los Tribunales de Juicio Oral, no se suspenderán términos procesales ni audiencias, las cuales se llevarán a cabo a través de videoconferencia o presenciales, según determinen los operadores jurisdiccionales, en audiencia privada y solo con las partes involucradas.

En el Juzgado Especializado en Órdenes de Protección de Emergencia y Preventivas a favor de la Mujer y de Procedimientos no Controvertidos y en los Juzgados Familiares del Primer, Segundo, Tercero y Sexto Distrito Judicial con residencia en la ciudad de San Luis Potosí, Matehuala, Rioverde y Ciudad Valles, deberán implementarse guardias para atender los asuntos urgentes, como son los relativos a la emisión de las órdenes de protección y consignación de pago por alimentos; así como también, el Área de Recursos Financieros para la liberación de los cheques de depósito.

El Centro de Conciliación y Mediación del Poder Judicial, igualmente cerrará sus instalaciones en el periodo acordado. El Tribunal de Justicia Laboral deberá establecer guardias del 28 de enero al 9 de febrero para los casos urgentes.

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