APRUEBAN DIPUTADOS TERNA PARA DIRECCIÓN DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL
Comunicado del Congreso del Estado.-
San Luis Al Instante.- En reunión de Comisiones Unidas del Trabajo y Previsión Social, así como de Gobernación, se aprobó la terna de personas que remite el Ejecutivo del Estado para ocupar el cargo de titular de la Dirección General del Centro Estatal de Conciliación Laboral, integrada por Miguel Cardoza Mora, Sofía Gabriela Cuadra Santoyo, y Luis Ernesto Urtanza Urtanza.
En esta sesión, los integrantes de las comisiones unidas entrevistaron a los tres aspirantes, quienes presentaron su propuesta de plan de trabajo, entre lo que se encuentra impulsar la capacitación y la empatía entre el personal para que se atiendan puntualmente las demandas ciudadanas de carácter laboral, además de mejorar los sistemas de notificación para eficientizar estas funciones en beneficio de trabajadores y patrones.
Además, los aspirantes motivaron la experiencia profesional con que cuentan para del desempeño de dicho cargo y respondieron a cuestionamientos de los legisladores en la materia de conciliación laboral.
Posteriormente, los diputados revisaron los documentos que acreditan que dichos aspirantes cumplen con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral en su artículo 17, que son:
I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener título y cédula profesional de licenciado en derecho o abogado, con una antigüedad de por lo menos cinco años al día de su designación;
III. Tener capacidad y experiencia comprobable en actividades profesionales, de servicio público, o administrativo, que estén sustancialmente relacionadas en materia laboral, no menor a cinco años al día de su designación;
IV. No haber sido dirigente de asociaciones patronales o sindicatos durante los tres años anteriores a la designación;
V. Gozar de buena reputación;
VI. No encontrarse en ningún supuesto de conflicto de intereses;
VII. No ser fedatario o corredor público, salvo que solicite licencia;
VIII. No haber sido representante popular durante los tres años anteriores a la designación, y
IX. No encontrarse, al momento de la designación, inhabilitado o suspendido administrativamente, en su caso, penalmente, para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Al comprobar que los integrantes de la terna propuesta cumplen con los requisitos marcados, se acordó aprobar por unanimidad el dictamen respectivo por parte de los diputados de ambas comisiones.
La diputada Martha Barajas García, presidenta de la Comisión del Trabajo y Previsión Social manifestó que de estos tres aspirantes el Pleno deberá elegir a uno que fungirá como director o directora del Centro Estatal de Conciliación Laboral.
En esta sesión, los integrantes de las comisiones unidas entrevistaron a los tres aspirantes, quienes presentaron su propuesta de plan de trabajo, entre lo que se encuentra impulsar la capacitación y la empatía entre el personal para que se atiendan puntualmente las demandas ciudadanas de carácter laboral, además de mejorar los sistemas de notificación para eficientizar estas funciones en beneficio de trabajadores y patrones.
Además, los aspirantes motivaron la experiencia profesional con que cuentan para del desempeño de dicho cargo y respondieron a cuestionamientos de los legisladores en la materia de conciliación laboral.
Posteriormente, los diputados revisaron los documentos que acreditan que dichos aspirantes cumplen con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral en su artículo 17, que son:
I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener título y cédula profesional de licenciado en derecho o abogado, con una antigüedad de por lo menos cinco años al día de su designación;
III. Tener capacidad y experiencia comprobable en actividades profesionales, de servicio público, o administrativo, que estén sustancialmente relacionadas en materia laboral, no menor a cinco años al día de su designación;
IV. No haber sido dirigente de asociaciones patronales o sindicatos durante los tres años anteriores a la designación;
V. Gozar de buena reputación;
VI. No encontrarse en ningún supuesto de conflicto de intereses;
VII. No ser fedatario o corredor público, salvo que solicite licencia;
VIII. No haber sido representante popular durante los tres años anteriores a la designación, y
IX. No encontrarse, al momento de la designación, inhabilitado o suspendido administrativamente, en su caso, penalmente, para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Al comprobar que los integrantes de la terna propuesta cumplen con los requisitos marcados, se acordó aprobar por unanimidad el dictamen respectivo por parte de los diputados de ambas comisiones.
La diputada Martha Barajas García, presidenta de la Comisión del Trabajo y Previsión Social manifestó que de estos tres aspirantes el Pleno deberá elegir a uno que fungirá como director o directora del Centro Estatal de Conciliación Laboral.
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